.
.
.
Búsqueda avanzada
.
.
.
institución:BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

88 resultados encontrados en 30 ms. Página 9 de 9
Descargar    Expandir/Colapsar
PAGE 2 R-DAGJ-419-2004 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las trece horas del veintidós de julio de dos mil cuatro.------------------------------------------ Recurso de Objeción al Cartel de la LICITACIÓN PÚBLICA Nº 07-2004, promovida por el BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO para la “Contratación para el suministro de sistema de grabación con transmisión de video digital a color que permita la transmisión de imágenes desde sitios remotos a unidad central de proceso de Bancrédito”, instaurado por la empresa SONIVISIÓN S. A.----------------------------------------------------------------------------------------- I.- POR CUANTO: La empresa SONIVISIÓN S. A. interpuso oportunamente recurso de objeción al cartel de este concurso.---------------------------------------------------------------------------------- II.- POR CUANTO: Mediante auto de las nueve horas treinta minutos del nueve de julio del año en curso, se confirió audiencia especial a la Administración licitante con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos de la objetante y para que remitiera una copia fiel y completa del cartel de la Licitación.--------------------------------------------------------------------------------------------- III.- POR CUANTO: En tiempo y forma la entidad licitante atendió la audiencia especial previamente conferida.------------------------------------------------------------------------------------------------- IV.- SOBRE EL FONDO: El recurso de objeción al cartel se dispone con el objeto de remover obstáculos infundados técnica o legalmente que limiten la participación del mayor número de oferentes, a efecto de garantizar el principio de igualdad y libre competencia consagrado en la Ley de Contratación Administrativa. Al respecto el Órgano Contralor se ha pronunciado reiteradamente, en el sentido de que los pliegos de bases en un procedimiento de concurso público, constituyen el reglamento específ ...
Fecha publicación: 29/07/2004
Fecha emisión: 26/07/2004
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


PAGE 2 R-DAGJ-389-2004 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las trece horas del doce de julio de dos mil cuatro.--------------------------------------------- Recurso de objeción al cartel de la Licitación Pública Nº 07-2004-, promovida por el Banco Crédito Agrícola de Cartago para la “contratación para el suministro de sistema de grabación con transmisión de video digital a color que permita la transmisión de imágenes desde sitios remotos a unidad central de proceso de Bancrédito” interpuesto por la empresa SISTEMA EMPRESARIAL S. A. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------- I.- POR CUANTO: El artículo 81 de la Ley de Contratación Administrativa preceptúa que el recurso de objeción debe ser interpuesto dentro del primer tercio del plazo para presentar ofertas, plazo en el cual no se toma en consideración, conforme al artículo 48 del Reglamento General de Contratación Administrativa, el día de la publicación del aviso, pero sí el día del vencimiento. Así las cosas, en el presente asunto se publicó en La Gaceta Nº 126 del 29 de junio del año en curso un aviso de invitación al concurso y se fijó como fecha de apertura el día 29 de julio próximo. Esto significa que el número de días hábiles existentes entre el 30 de junio pasado —día hábil posterior a la publicación de la invitación al concurso— y el 29 de julio —día fijado para la apertura de las ofertas— es de 22 días, siendo un tercio de éste, 7 días hábiles. De esta forma, el día límite para presentar cualquier recurso de objeción lo fue el día 8 de julio pasado.------------------------------------ II.- POR CUANTO: La firma SISTEMA EMPRESARIAL S. A. presentó su recurso —por vía facsímil— en fecha 9 de julio de 2004 (folios A-1 del expediente del recurso), éste se encuentra fuera del plazo legalmente establecido para objetar el cartel y en consecuencia lo que procede es rechazarlo po ...
Fecha publicación: 16/07/2004
Fecha emisión: 13/07/2004
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


PAGE 2 R-DAGJ-379-2004 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las trece horas del siete de julio de dos mil cuatro.---------------------------------------------- Recurso de objeción interpuesto por Disexport Internacional S. A., en contra del cartel de Licitación por Registro 15-2004, promovida por el Banco Crédito Agrícola de Cartago, para la compra de seis vehículos.----------------------------------------------------------------------------------------- POR CUANTO I.-La objetante presentó su recurso el 1° de julio de 2004.--------------------------------------------------- II.-Sobre la admisibilidad del recurso: El artículo 81 de la Ley de la Contratación Administrativa, modificado mediante Ley 7612 de 12 de julio de 1996, dispone que: “Contra el cartel de licitación pública o el pliego de condiciones de la licitación por registro o de la licitación restringida, podrá interponerse recurso de objeción, dentro del primer tercio del plazo para presentar ofertas. El recurso se interpondrá ante la Contraloría General de la República en los casos de licitación pública y licitación por registro, y ante la administración contratante en el caso de la licitación restringida”. El cartel del presente concurso se publicó el 18 de junio de 2004. En esa publicación se fijó como plazo límite para la recepción de propuestas el 7 de julio de 2004, de manera que efectuada la operación correspondiente tenemos que el primer tercio del plazo (4 días hábiles) venció el día 24 de julio de 2004 (ver La Gaceta Nº119 de 18 de junio de 2004). De conformidad con lo anterior, siendo que el recurso fue presentado ante este Órgano Contralor el 1° de julio de 2004, para los efectos de interposición ante este Despacho, lo fue con posterioridad al vencimiento del primer tercio referido, esto es, en forma extemporánea, por lo que debe ser rechazado de plano (ver razón de recibido de este Despacho en dicho escrito). No obstante el rec ...
Fecha publicación: 10/07/2004
Fecha emisión: 07/07/2004
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


PAGE 5 R-DAGJ-348-2004 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica San José, a las doce horas del veintitrés de junio del dos mil cuatro---------------------------------------- Recursos de objeción interpuestos por Automotores Superiores Sociedad Anónima y Disexport Internacional S.A. en contra del cartel, de la Licitación Por Registro N° 015-2004, promovida por el Banco de Crédito Agrícola de Cartago para la adquisición de seis vehículos.------------------ I.-POR CUANTO: Las firmas Automotores Superiores Sociedad Anónima y Disexport Internacional S.A. interpusieron recursos de objeción en contra del cartel de la Licitación por Registro N° 015-2004 para la adquisición de seis vehículos.----------------------------------------------- II. POR CUANTO: Mediante autos de las diez horas del catorce de junio del dos mil cuatro, y de las catorce horas del quince de junio del 2004, se concedió audiencia especial a la Administración con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos de las objetantes y remitiera una copia fiel del cartel. ------------------------------------------------------------------------------------------------------- III. POR CUANTO: El Banco de Crédito Agrícola de Cartago respondió la audiencia el 18 de junio del 2004.------------------------------------------------------------------------------------------------------ IV.-SOBRE EL FONDO: En forma reiterada este Despacho ha indicado que el recurso de objeción ha sido dispuesto en nuestro ordenamiento como el remedio para remover obstáculos injustificados o arbitrarios a la libertad de participación, en aras de respetar los principios de libre concurrencia e igualdad de trato. Así, los potenciales oferentes coadyuvan con la Administración en la formulación y depuración del pliego de condiciones. Este recurso demanda que el inconforme señale en forma expresa y razonada en qué consiste la arbitrariedad de la Administración, es decir, de ...
Fecha publicación: 26/06/2004
Fecha emisión: 23/06/2004
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


PAGE 2 R-DAGJ-313-2004 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las nueve horas del nueve de junio de dos mil cuatro.------------------------------------------ Recurso de apelación interpuesto por Fernando Gonzalez Rojas, en contra del acto que declaró desierta la Licitación Pública No. 7-2002 promovida por el Banco Crédito Agrícola de Cartago para la contratación de servicios profesionales de dos abogados externos para el Centro de Negocios de Liberia.----------------------------------------------------------------------------------------------------------- RESULTANDO: I.-Fernando Gonzalez Rojas presentó recurso de apelación de la declaratoria de desierta de la Licitación Pública 7-2002, en la medida que estima que no se dan los supuestos para hacer tal declaratoria, pues su oferta y otras más sí cumplen con lo ordenado por el cartel, las cuales se ajustan a los intereses de la Administración calidad, experiencia y antecedentes. Señala que desde el 15 de octubre de 2003, la Comisión de Contrataciones acordó recomendar a los profesionales que tuvieron el mejor puntaje. Cuestiona que a los oferentes se les hizo en incurrir en gastos como la garantía de participación, certificaciones y de toda la documentación conducente, así como gastos de transporte.-------------------------------------------------------------------------------------------------------- II.-Que la presente resolución se dicta dentro del plazo establecido por ley, habiéndose observado durante su tramitación todas las prescripciones legales y reglamentarias pertinentes.-------------------- CONSIDERANDO I.- Hechos Probados: Este Despacho para la resolución del presente recurso ha tenido por probados los siguientes hechos: ÚNICO: Que la Licitación Pública 7-2002 promovida por el Banco Crédito Agrícola de Cartago para la contratación de servicios profesionales de dos abogados externos para el Centro de Negocios de Liberia, fue declarada desi ...
Fecha publicación: 12/06/2004
Fecha emisión: 09/06/2004
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


PAGE 2 R-DAGJ-244-2004 Contraloría General de la República, DIVISIÓN . San José a las doce horas del siete de mayo de dos mil cuatro.----------------------------------------------------------------------------- Recurso de revocatoria con apelación en subsidio en contra de la Resolución R-DAGJ- 193- 2004 de las nueve horas del diecinueve de abril de 2004 interpuesto por la firma Xiang Rong S.A.--------- I.- POR CUANTO: Las firma mencionada planteó formal recurso de nulidad en contra de dicha resolución, aduciendo que se violentó el debido proceso al tomar en consideración únicamente la posición del Banco licitante. Asimismo, reclama que existe una nulidad al ignorar que ellos habían ofrecido una señal de trato para la compra en mención, por lo que de conformidad con el Código Civil ya se había dado un acuerdo entre cosa y precio. Además, señala que se aplica el adagio jurídico de primero en tiempo en derecho, por lo que su oferta está por encima de la presentada con posterioridad.------------------------------------------------------------------------------------------------------- II SOBRE LA IMPROCEDENCIA DE LOS RECURSOS INCOADOS . La materia recursiva en contratación administrativa tiene una regulación especial, según lo que dispone la propia Ley de Contratación Administrativa. De igual forma, el Reglamento General de Contratación Administrativa, en su numeral 86 identifica de manera taxativa los recursos que proceden en esta materia. Dicha norma se complementa con lo establecido en el numeral 367.2 inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, el cual excluye de la materia recursiva de la Ley General de la Administración Pública “los concursos y licitaciones”. En igual sentido el artículo 34 de nuestra Ley Orgánica de forma clara establece que carecen de recurso ulterior “los actos que se dicten en procedimientos de contratación administrativa”. De tal manera que es abiertamente improcedente la interposición de los recursos incoados en c ...
Fecha publicación: 13/05/2004
Fecha emisión: 10/05/2004
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RECURSOS DE RECONSIDERACION Y REVOCATORIA CON APELACION EN SUBSIDIO
Proceso: OTROS


PAGE 2 R-DAGJ-193-2004 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las nueve horas del diecinueve de abril de dos mil cuatro.------------------------------------- Recurso de objeción al cartel de la Contratación Directa 115-2004 promovida por el Banco Crédito Agrícola de Cartago para venta de un bien inmueble instaurado por la empresa Xiang Rong S.A. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------- I.- POR CUANTO: La objetante presentó su recurso el día 29 de marzo del presente año, haciendo una serie de observaciones en contra del procedimiento concursal de referencia.------------------------ II POR CUANTO. Mediante auto de las ocho horas del treinta y uno de marzo de dos mil cuatro la División de Asesoría y Gestión Jurídica confirió audiencia especial al Banco licitante, a efecto de que se refiriera a los argumentos planteados por parte de la objetante.------------------------------------- III. POR CUANTO: La Administración atendió en plazo la audiencia conferida.---------------------- IV. POR CUANTO: Sobre el fondo: Aduce la objetante que ellos realizaron una propuesta formal de compra del referido inmueble a las autoridades del Banco, lo cual contó incluso con la venia de este Despacho al autorizar dicha contratación directa. Aunado a lo anterior y por instrucciones del mismo Banco depositaron un 2% como señal de trato. De tal manera que considera que por la aceptación de la señal de trato se concretizó legalmente el contrato, por lo que no procede realizar una contratación directa. La Administración al referirse al recurso indicó que por error material se recibió la indicada suma como señal de trato, pero en realidad se trata de una garantía entregada por dicha firma ante la negociación de una posible contratación directa. Realiza un recuento de actuaciones y concluye que no existe razón alguna para objetar el presente procedimiento. Criterio pa ...
Fecha publicación: 19/04/2004
Fecha emisión: 16/04/2004
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


PAGE G-22 R-DAGJ-89-2004 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las nueve horas del dieciocho de febrero de dos mil cuatro.------------------------------------ Recurso de apelación interpuesto por SOLUZIONA S. P. C. A. , en contra del acto de adjudicación de la Contratación Directa Nº 132-2003, promovida por el INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS para el “Desarrollo e implementación de un sistema de cajas y un sistema de recaudación enlazado al Sistema Integrado Financiero Administrativo”, recaído a favor de ACCENTURE S. L por un monto de $1.700,000 .----------------------------------------------------------- RESULTANDO I. SOLUZIONA S. P. C. A. alegó en su recurso: 1) La empresa cuenta con legitimación toda vez que fue incorrectamente excluida del concurso, así como porque una vez que se aplique el sistema de evaluación obtendrá la calificación más alta para pasar a la Fase II y adjudicarse el concurso por el menor precio que cotiza. 2) Para establecer su exclusión del concurso se utilizaron argumentos que nunca fueron debidamente concretados, puesto que nunca se indicó cuáles son las cláusulas del cartel en donde supuestamente se dieron los incumplimientos. A su vez señalan que en el cartel no se estableció obligación alguna para que los oferentes respondieran o formularan su propuesta de un determinado modo, además con la sola presentación de la plica de acuerdo con la legislación aplicable, se entiende que está sometida a la normativa aplicable. En su oferta claramente indicaron que el alcance de la propuesta son todos los requerimientos establecidos en el cartel. 3) Se alegó que a la oferta adjudicataria le fueron asignados puntos que no le corresponden en el factor de plazo de entrega, metodología de trabajo, experiencia o madurez del oferente o del grupo de trabajo propuesto. 4) El adjudicatario ofertó un plazo de entrega irreal, que en lugar de ser de 5 meses como lo señaló el oferente, en su criterio es ...
Fecha publicación: 22/02/2004
Fecha emisión: 19/02/2004
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA